Abel Boyero y Roberto Monasterolo deberán cumplir 5 años en prisión, de acuerdo a lo que dispuso el tribunal de primera instancia que presidió el juez Mariano Nicosia y que tuvo a su cargo el juicio por la causa conocida como “Emergencia Climática”. El fallo se hizo público este jueves y en el caso del ex secretario municipal de Obras Públicas incluye la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
FOTO: Boyero y Palomeque
En la sentencia también se conocieron las penas para los otros ocho condenados que ya tenían el veredicto de “responsables”. En este marco, otro exfuncionario municipal, Rubén Palomeque, fue sentenciado a 4 años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
En tanto, el empresario Javier Morales deberá purgar 3 años y 8 meses de prisión, la misma pena que el exempleado municipal Joaquín Mansilla (también inhabilitado para cargos públicos).
El empresario Cristian Pérez fue sentenciado a 3 años y 6 meses de prisión, mientras otro empresario, Cristian Hernán Lobos Rosas, deberá permanecer tras las rejas 3 años y 3 meses de prisión.
El exempleado municipal Rubén Sartori, por su parte, fue sentenciado a 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer cargos públicos. Otro exempleado municipal, Juan Carlos Lara, deberá cumplir 3 años de prisión en suspenso y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, mientras su par Marcelo Van Heerden recibió 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer cargos públicos.
LO QUE HABIA PEDIDO EL FISCAL
Luego de producirse la prueba de la cesura y teniendo en cuenta las circunstancias agravantes y atenuantes de cada uno de los condenados, el fiscal Cristian Olazabal había solicitado el pasado 31 de julio 6 años de prisión para los exfuncionarios Boyero y Palomeque; 4 años y 10 meses para Sartori y Lara; 4 años y 4 meses para Van Heerden; 5 años y 6 meses para Mansilla; 5 años de prisión para Pérez; 5 años y 6 meses para Monasterolo; 5 años para Morales y 5 años y 2 meses para Lobos Rosas. Además, se solicitó la medida cautelar de inhibición general de bienes y costas del proceso para todos ellos, resaltando que el único atenuante era la falta de antecedentes penales.
En su acusación, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró la “naturaleza de la acción y extensión del daño causado por el delito de corrupción, como un atentado al sistema republicano de gobierno establecido en la Convención de las Naciones Unidas”.
Añadió que “en la tormenta extra-tropical que destrozó la ciudad, hubo personas que ayudaron en solidaridad y hubo otros que aprovecharon para enriquecerse”, mientras sobre el daño patrimonial causado al Estado Municipal dijo que “fue de gran magnitud”, precisándola en 408.804 dólares (410 millones de pesos al valor actual).
Además de Nicosia, el tribunal lo integraron los jueces Martín Cosmaro y Carlos Tedesco, en tanto en el Ministerio Público Fiscal Olazabal actuó acompañado por Fabiola López y Cristian Ovalle.
Cabe recordar que el pasado 8 de julio el tribunal dio a conocer la parte dispositiva del fallo que “sobreseyó” a los empresarios Gonzalo Pérez y Julián Astiz.
La investigación se originó luego del “ciclón extra-tropical” que azotó a Comodoro Rivadavia entre los días 28 de marzo y 9 de abril de 2017, cuando según el Servicio Meteorológico Nacional se produjo la precipitación de casi 400 milímetros de agua, lo cual generó consecuencias nefastas en distintas zonas de la ciudad, anegando calles y viviendas.
El 5 de abril de ese año el Concejo Deliberante declaró la emergencia económica, social y administrativa y liberó al Poder Ejecutivo local que conducía el hoy senador nacional Carlos Linares a cumplir con la Ordenanza Municipal de Contratos.
Con el fin de remover el lodo resultante de la tormenta, se contrataron desde el Municipio 197 empresas, horas máquinas y maquinaria vial y se confeccionaron partes diarios, fraguados, que eran autorizados para sus pagos por los funcionarios Boyero y Palomeque.