Con la protección de los derechos de las víctimas, el STJ en lo Penal, en dos casos de abuso sexual, ha confirmado las condenas emitidas, haciendo firme las sentencias contra ambos acusados.
Casos, que han captado la atención pública, ejemplifica el principio de «doble conforme», garantizando una revisión exhaustiva del proceso judicial y reafirmando la confianza en la administración de justicia.
La defensa de ambos condenados habían apelado la sentencia inicial, buscando anular o reducir las penas impuestas.
Sin embargo, tras una detallada revisión de las pruebas y los procedimientos llevados a cabo durante el juicio, el STJ ratificó ambas condenas, concluyendo que se respetaron todas las garantías procesales y que las pruebas presentadas eran contundentes.
Con esta decisión, se cierra un capítulo doloroso para las víctimas y sus familiares, quienes han luchado incansablemente por justicia. La confirmación de la condena no solo representa un alivio para ellos, sino que también envía un mensaje claro a la sociedad, los delitos de abuso sexual serán perseguidos y sancionados con todo el rigor de la ley.
Ambos casos fueron llevados a juicio por la Fiscal jefe de Rawson, Florencia Gómez, junto a la Dra. Gimena Marote Regonat
El primero de ellos, S. A fue hallado culpable por abusar sexualmente de su sobrina menor de edad por más de cuatro años. Conforme todas las evidencias probadas en juicio, fue hallado culpable en primera instancia por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo con una condena de 4 años y 6 meses, tras todas las instancias judiciales, deberá cumplir la pena de efectivo cumplimiento.
Los hechos, extremadamente graves, atentaron contra la integridad y libertad sexual de una niña-mujer y su derecho a vivir libremente, protegido mediante las normas internacionales y nacionales.
Oportunamente, el juez Fabio Monti consideró que “quedó acreditado en debate cómo y en qué circunstancias sucedieron los hechos de abusos sexuales contra la niña, forzados mediante el aprovechamiento de la asimetría de edad entre el imputado y la víctima niña, quien contaba entre 8 y 12 años”.
El segundo de los casos, muy complejo, también fue acreditada la hipótesis fiscal, con una condena de 9 años y 6 meses de efectivo cumplimiento.
Un abuelo F.P fue hallado culpable del delito de abusos sexuales gravemente ultrajantes, agravados por el vínculo en la modalidad de delito continuado en concurso real contra sus dos nietas menores de edad.