La nueva medida cautelar de la Justicia contra el DNU de Javier Milei
Los jueces resolvieron “disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”.
Hoy el portavoz presidencial, Manuel Adorni, había adelantado que el Gobierno nacional apelará, mediante un recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia, el primer fallo dictado por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en contra de las reformas en materia laboral incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
En la habitual rueda de prensa llevada a cabo en Casa Rosada, Adorni dijo que el Gobierno también pedirá «la incompetencia» de la Cámara del Trabajo para intervenir en la cuestión por entender que el fuero correspondiente es el Contencioso Administrativo.
«El fallo se apelará. Habrá un recurso extraordinario ante la Corte y, además, se impedirá la incompetencia por entender que el fuero es el Contencioso y no el Laboral. Además, todo esto va en contra de la jurisprudencia conocida en esta materia», comunicó Adorni.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspendió la aplicación del capítulo laboral del DNU firmado por el presidente Milei el 20 de diciembre pasado y hecho público por medio de un mensaje emitido en cadena nacional ese día por la noche.
El tribunal de feria hizo lugar un pedido realizado por la Confederación General del Trabajo (CGT) y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante un DNU.