Este viernes 29 de diciembre entra en vigencia el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), anunciado por el presidente Javier Milei la semana pasada.
Se trata de un documento que apunta a reformas estructurales en materia económica, social y política que entra en vigencia a partir de hoy.
Aunque todavía debe pasar por el Congreso, que podrá aprobarla o rechazarla en su totalidad, seguirá vigente hasta que sea votada. Una vez que el Jefe de Gabinete presente el texto en el recinto legislativo, la Comisión Bicameral debe elevar un dictamen que cuente con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros a ambas cámaras, también dentro de 10 días.
En este dictamen, la Bicameral deberá expedirse sobre la validez o invalidez del decreto y sobre la procedencia formal y la adecuación a las bases de la delegación y al plazo fijado para su ejercicio.
Durante todo ese tiempo, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) permanecerá vigente desde el primer día hasta un eventual rechazo a manos de alguno de los dos poderes, recordó TN.
Desde las 0 horas de este viernes entró en vigencia el controvertido DNU 70/2023 anunciado por cadena nacional la semana pasada por el presidente.
Plebiscito
El presidente Javier Milei , anticipó días atrás que llamará a un plebiscito si los legisladores rechazan el DNU de desregulación de la economía y pidió que quienes se oponen a su aprobación expliquen «por qué el Congreso se pone en contra de algo que beneficia a la gente«.
«Si me rechazan el DNU llamaría a un plebiscito o consulta popular«, aseguró y añadió que “el megadecreto tiene más de 75% de aprobación, entonces que me expliquen porque quieren algo en contra de la gente”.
Algunas de las medidas del DNU
-Derogación de la Ley de Alquileres.
-Derogación de la Ley de Abastecimiento.
-Derogación de la Ley de Góndolas.
-Derogación de la Ley del Compre Nacional.
-Derogación del Observatorio de Precios del Ministerio de Economía.
-Derogación de la Ley de Promoción Industrial.
-Derogación de la Ley de Promoción Comercial.
-Derogación de la normativa que impide la privatización de las empresas públicas.
-Derogación del régimen de sociedades del Estado.
-Transformación de todas las empresas del Estado en sociedades anónimas para su posterior privatización.
-Modernización del régimen laboral, un eufemismo para avanzar en la flexibilización laboral.
-Reforma del Código Aduanero.
-Derogación de la Ley de Tierras.
-Modificación de la Ley de Manejo del Fuego.
-Derogación de las obligaciones que los ingenios azucareros tienen en materia reproducción azucarera.
-Liberación del régimen jurídico aplicable al sector vitivinícola.
-Derogación del sistema nacional del comercio minero y del Banco de Información Minera.
-Autorización para la cesión del paquete accionario total o parcial de Aerolíneas Argentinas.
Implementación de la política de cielos abiertos.
-Modificación del Código Civil y Comercial.
-Modificación del Código Civil y Comercial para garantizar para permitir contratos en moneda extranjera.
-Modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales.
-Eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.
-Incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales.
-Establecimiento de la receta electrónica.
.Modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
.Modificación de la Ley de Sociedades para que los clubes de fútbol puedan convertirse en sociedades anónimas.
.Desregulación de los servicios de internet satelital.
.Desregulación del sector turístico, «eliminando el monopolio de las agencias de turismo».
-Incorporación de herramientas digitales para trámites de los registros automotore.