Durante una extensa audiencia de control de detención, el Ministerio Público Fiscal a través de la fiscal general Julieta Gamarra sumó las imputaciones respecto a los incidentes ocurridos en el barrio Planta de Gas de Trelew para Fernando Lefimi y Nicolás Ariel Avila, quienes habrían participado junto a Pablo Patricio Alarcón efectuando disparos, de acuerdo a los hechos relatados.
Hecho
La fiscal reiteró que los tres imputados irrumpieron cuando se desarrollaba una caminata política el 20 de julio alrededor de las 16,30, encabezada por Juan Pablo Luque y Ricardo Sastre en ese sector. En un primer momento iban a partir por avenidas Perón y Colón, pero lo mismo fue obstaculizado por un grupo antagónico y decidieron hacerlo por calles internas, llegándose hasta Las Heras y Novaro, sitio donde se produjeron los disturbios con disparos de armas de fuego, pudiéndose identificar a Lefimi, Alarcón y Avila. Justamente los dos primeros también utilizaban un moto vehículo para desplazarse y efectuar disparos desde allí, alternando la conducción del mismo.
Calificación y solicitud de prisión
El hecho fue calificado como coacciones agravadas por uso de armas de fuego en concurso ideal con abuso de armas, quedando a cargo de la investigación el fiscal Fabián Moyano. Pidió la prisión preventiva por el lapso de seis meses, además de la apertura de investigación de acuerdo a los plazos legales
Luego la doctora Gamarra argumento sobre la probabilidad de autoría, dando a conocer las infracciones existentes para con la moto utilizada, agregando testimonios de personas que reconocen la presencia de los imputados y los disparos que realizaron, además de publicaciones donde reconocen haber participado de lo sucedido. Consideró que la pena será de efectivo cumplimiento enfatizando sobre la gravedad de lo sucedido en un contexto donde había muchísimas personas y en un sector poblado. Respecto de Avila mencionó los antecedentes de tres condenas: en enero de 2015 un juicio abreviado con tres años de prisión por robo agravado, junio de 2015 condenado a tres años efectivo cumplimiento con varias causas acumuladas y en junio de 2017, tres años y ocho meses de prisión mas la declaración de reincidencia, además de órdenes de rebeldía y captura con el revocamiento del beneficio de libertad asistida al no regresar de su salida transitoria. Según la fiscal, esto demuestra que el imputado no se somete al proceso penal y recalcó que todos los delitos fueron cometidos con uso de arma de fuego, lo que habla de su peligrosidad.
También expuso sobre el peligro de entorpecimiento observando las circunstancias en las que ocurrió el hecho, siendo en el mismo sector donde viven estas personas, reconocidos por los vecinos que sienten temor evitando esto que pueda dar testimonio. Agregó como evidencias las publicaciones en redes sociales acerca de la posesión de armas de fuego, indicando que hay quien fue amenazado y no quiere declarar, estimándose que si quedan en libertad van a continuar amedrentando.
Postura defensiva
Por su parte, el defensor de ambos Abdón Manyauik se opuso terminantemente a la imputación fiscal y habló en un direccionamiento de la investigación para involucrar a sus defendidos. Trajo a colación declaraciones realizadas por un efectivo policial que darían cuenta de la presencia de un fiscal junto al vice gobernador en la marcha y otras expresiones donde hablan que la moto de Lefimi tenía desperfectos con el escape y nunca lo habrían visto disparar. Expresó que evidentemente existe una interna policial, lo que no les permitió actuar al momento de los hechos, entorpeciendo la investigación. Dio a entender, de acuerdo a los videos observados durante la audiencia, que hay disparos que se efectúan desde otros vehículos pidiendo un correcto peritaje que determine los mismos, dejando entrever que lo que existió fue un enfrentamiento entre bandas donde los únicos imputados son sus clientes. También aseveró que hay policías que hacen política y aseguró que la casa de Lefimi fue baleada después del 20 de julio. En consecuencia, entendió que no existen elementos de imputación considerando excesivo el pedido de medida de coerción para ambos.
Resolución
Después de un cuarto intermedio, la Jueza Carolina Marín resolvió la apertura de investigación por seis meses teniendo en cuenta la calificación fiscal y advirtió que si bien se está en un estado larval de la causa, existen elementos acercados por el Ministerio Público Fiscal que hablan de la participación de los imputados, con testimonios que los identifican disparando. Expresó que la medida es cautelar y el transcurso de la investigación permitirá acumular elementos de descargo y verificar los hechos según los dichos del defensor o que aporten a la posible acusación fiscal. Argumentó sobre los peligros de fuga y entorpecimiento, coincidiendo en ese sentido con la fiscalía, al señalar que podría haber ocurrido algo peor debido a la cantidad de gente presente en el lugar. Estimó que la única forma de neutralizar estos riesgos es con la prisión preventiva, decretando la misma por el lapso de tres meses para Fernando Lefimi y Nicolás Ariel Avila.
Luego de dar a conocer la resolución respectiva, el abogado Abdón Manyauik solicitó la revisión de la decisión adoptada por parte de dos jueces, por lo que la oficina judicial debía programar la audiencia correspondiente.