Según consigna el artículo 125 de la Constitución Nacional, el apercibimiento económico será de entre 50 a 500 pesos al “elector mayor de 18 y menor de 70 años que deje de emitir su voto y no justifique ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”.
Por otra parte, los montos escalarán de acuerdo a las infracciones previas sin regularizar. En caso de no tener ninguna, el apercibimiento será de 50 pesos; si tiene una, será de 100; dos, 200; tres, 400 y 4 o más, serán 500.
En esa misma línea, los infractores no podrán realizar gestiones, ni tampoco trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales.
Otro punto importante en esta cuestión es saber si la persona posee multas pendientes. Para ello, se deberán seguir cuatro pasos.
El primero es ingresar a la página web: infractores.padron.gov.ar; una vez adentro, el usuario deberá indicar su DNI, género y distrito electoral; el siguiente paso, como sucede habitualmente al llenar formularios, se deberá verificar el Captcha. Finalmente, la opción “consultar” será el último requisito en búsqueda del fin deseado.
Personas exceptuadas de votar:
Quienes estén a más de 500 km del lugar de votación por motivos razonables.
Enfermos o imposibilitados comprobados por médicos.
Personal de organismos o empresas de servicios públicos con tareas incompatibles.
Jueces o auxiliares con disposición de asistir a sus oficinas durante los comicios.