El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Fabián Moyano y la funcionaria de fiscalía Florencia Pallucchini, pudo robustecer la acusación presentada a través de las pruebas expuestas en el juicio oral, y de esta manera el tribunal integrado por las Juezas Carolina Marín y Karina Breckle, junto al Juez Gustavo Castro, resolvieron por unanimidad la culpabilidad de los dos imputados por un hecho de homicidio, donde resultó víctima Omar Fernando García Roberts.
El debate tuvo lugar en la sala de la cámara penal ubicada en el sexto piso de los tribunales en Trelew, y los acusados, que al momento de los hechos eran menores de edad, fueron representados legalmente por Romina Rowlands y Abdón Manyauik, contándose con la asesoría de Pablo Rey, en el caso de uno de ellos que aún sigue siendo menor.
Pudo ser acreditado durante el juicio el hecho ocurrido el 23 de abril de 2022, siendo aproximadamente las 4,40, en circunstancias que los dos imputados, sabiendo lo que hacían y con pleno conocimiento del poder vulnerante de un arma blanca que llevaban, teniendo ambos el dominio funcional del hecho a partir del reparto de roles y persiguiendo la muerte de Omar Fernando García Roberts, lo corrieron, le dieron alcance y lo acorralaron en la zona de Pasaje Tucumán y 9 de Julio de esta ciudad. Allí, estando la víctima ebria y desarmada, le aplicaron golpes de puño, patadas y varias estocadas con el arma blanca provocándole a García Roberts heridas punzo cortantes sobre su lateral izquierdo entre los brazos y costillas, lesionándole el pulmón, páncreas y vaso, ocasionándole finalmente la muerte.
Los integrantes del cuerpo colegiado dieron a conocer el veredicto y declararon en forma unánime la autoría penalmente responsable que les cabe a los dos imputados, por el delito de homicidio simple, conforme lo establece el artículo 79 del código penal en calidad de coautores, artículo 45 del código penal. Asimismo indicaron que el próximo 3 de abril notificarán a las partes la sentencia definitiva, con los fundamentos correspondientes.
Prosiguiendo con el proceso, el tribunal concedió a la asesoría de menores cinco días con el fin que presente un informe respecto a la situación del condenado que pasó a ser mayor, en el marco del artículo 8 de la Ley 22278, para luego la oficina judicial programar una audiencia donde se difundirá el mismo y se llevará adelante la audiencia de cesura de pena. En la misma, se impondrán medidas de seguridad para el otro imputado, a partir del artículo 409, inciso cuarto del código procesal penal.
Mientras tanto, y de acuerdo a la decisión informada, ambos permanecerán cumpliendo la medida de coerción en instalaciones del Centro de Orientación Socio Educativo (COSE).