Durante la tarde de este jueves se concretó en los tribunales penales de Comodoro Rivadavia la audiencia de control y formalización en el marco del encubrimiento agravado del homicidio de Juan Adolfo Laffeuillade, que tiene como imputada a Micaela Ortellado.
Los representantes de fiscalía requirieron que se declare legal la detención de la imputada, que se le formalice el caso a partir de la calificación legal provisoria de encubrimiento agravado por un delito precedente grave” y que se dicte su prisión preventiva por dos meses.
La defensa no cuestionó, por el momento la legalidad de la detención, planteó la figura de “encubrimiento simple” y pidió la libertad de su asistida.
Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Ortellado, a la vez que dio por formalizado el caso en su contra sobre la base de la calificación provisoria de “encubrimiento agravado”.
Dictó así su prisión preventiva por el término de dos meses.
Presidió la audiencia Jorge Odorisio, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Cristian Olazabal, fiscal general; por Eve Ponce, procuradora de fiscalía y Belén De La Canal, funcionaria. La defensa de la imputada Ortellado fue ejercida por María de los Ángeles Garro, defensora pública y Luciana Rizzo, adjunta.
Los representantes de fiscalía solicitaron en un primer momento que se declare legal la detención de Ortellado.
Relataron que el 21 de febrero, la Fiat Toro sustraída luego del incendio de la vivienda y el homicidio de Juan Adolfo Laffeuillade, fue interceptada en el puesto Ramón Santos
Era conducido por una mujer y cuando se le solicitó documentación y se le procedió tomar el test de alcoholemia, escapó.
Luego encajó el vehículo en las piedrad a dos kilómetros antes de llegar a Caleta Olivia.
Desde el puesto Ramón Santos se alertó a los efectivos policiales de la Secional Cuarta de Caleta Olivia, quienes en un principio demoraron y luego detuvieron a Ortellado en la estación de Servicio ubicada en la entrada de la ciudad santacruceña.
El homicidio a investigar se produjo el 21 de febrero, siendo alrededor de las 0:10 cuando Laffeuillade se encontraba en el interior de su domicilio, en calle Juan B. Justo al 200, de Comodoro Rivadavia.
En dichas circunstancias se hicieron presentes dos personas, aún sin identificar, quienes saltaron el paredón e ingresaron a la misma con un arma de fuego tipo pistola calibre 9 mm., para luego golpear a la víctima en su rostro, abdomen y cráneo con un elemento romo con intenciones de sustraer dinero en efectivo y otros elementos de valor.
Ante la negativa y resistencia que ofreció la víctima, hallándose reducido en el pasillo y con el propósito de facilitar la sustracción, lo ejecutaron de un disparo en la cabeza provocando su muerte.
Seguidamente tomaron el teléfono celular, la billetera y las llaves de la víctima y se escaparon en su Fiat Toro, previo incendiar la vivienda para ocultar el homicidio. Luego, según la imputación de la fiscalía, Micaela Ortellado ayudó a estas personas no identificadas a mantenerse ocultos de las autoridades.
De esa manera, la fiscalía calificó provisoriamente el delito como “encubrimiento por favorecimiento real y personal agravado por un delito precedente grave” en calidad de autora para Ortellado.
Tras enumerar la evidencia del caso, se requirió el plazo de seis meses de investigación.
A continuación el fiscal solicitó que se dictara la prisión preventiva por dos meses de la imputada ante la existencia de elementos de convicción para tenerla como probable autora del hecho y de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación. Fuga porque no tiene arraigo ni domicilio fijo, mencionando antecedentes penales y su comportamiento en procesos anteriores. También por la gravedad del hecho, encubre un delito gravísimo y por darse a la fuga, recordando que en caso de recaer condena la misma será de cumplimiento efectivo. Peligro de entorpecimiento ya que ayudó a los autores a mantenerse ocultos, pero los conoce.
A continuación, las defensoras no cuestionaron, por ahora, la legalidad de la detención, pero “no encontraron ningún indicio en el hecho para calificar el mismo como encubrimiento agravado”, postulando la calificación de “encubrimiento simple”. Negaron la existencia de peligros procesales y oponiéndose a la prisión preventiva, requirieron su libertad y subsidiariamente que el plazo de investigación se ajuste al plazo de prisión preventiva solicitado por el fiscal.
Finalmente el juez penal resolvió declarar legal la detención de Ortellado, a la vez que dio por formalizado el hecho en su contra en base a la calificación provisoria de “encubrimiento agravado”, por informada y por asegurada su defensa técnica. Dictó finalmente su prisión preventiva por el término de dos meses.