Resolución
En la misma resolución, los jueces dictaron la absolución para la ex ministra de Educación, Graciela Cigudosa, todo ello en el marco de una investigación penal realizada sobre contrataciones efectuadas para la refacción de 24 escuelas en Rawson y Playa Unión durante el mes de enero del año 2019.
Para decidir sobre la situación de Care, el tribunal tuvo presente los testimonios brindados en juicio por los testigos; la documentación aportada por la fiscalía y la propia declaración del acusado, quien dio cuenta que tomó a su cargo la contratación; manejo de fondos y control de las tareas realizadas en los institutos educativos.
La situación de Care
Los jueces tuvieron por probado que el entonces subsecretario se contactó con el empresario Daniel Schmidt, para llevar adelante la maniobra defraudatoria al Estado provincial. En ese marco se pudo determinar que existieron sobreprecios; el pago adelantado por la totalidad de las tareas sin autorización ministerial, ni justificación alguna, lo que a poco de iniciarse los trabajos llamó la atención de las autoridades a cargo de las escuelas, dado que le era exigido el pago por los contratistas.
Care dio la orden a las escuelas, por intermedio de otro funcionario, para que pagaran las sumas que tenían depositadas en las partidas, haciéndoles saber a los directores y directoras que se trataba del 50% de adelanto, cuando en realidad era por el total de lo autorizado en la resolución ministerial.
Absolución a Cigudosa
Por el contrario, el tribunal dispuso absolver a Graciela Cigudosa, dado que solo pudo acreditarse que firmó la resolución Nro. 27/19, a fin de realizar reparaciones en las escuelas, previo al inicio del ciclo lectivo, la que había pasado el contralor de la Dirección de Asuntos Jurídicos del ministerio y de la Contaduría General de la provincia sin ningún tipo de observación, por cuanto fue dictada dentro de lo establecido en ley y en el marco de su competencia.
Más allá de ello, nada fue probado contra la entonces ministra, dado que no existió ningún testimonio; mensaje de texto; prueba documental, u otra clase de prueba que la involucre en el hecho. No firmó ninguna resolución posterior, no ordenó otro pago, ni ordenó que se abone anticipadamente. Tampoco se probó en juicio que haya tomado contacto con los contratistas, por lo que no hubo siquiera una sola mención a que Cigudosa estuviera al tanto de la operatoria ilegal protagonizada por Care.
Respecto del coimputado, Gustavo Hueichan, fue la propia fiscalía quien pidió al tribunal que dicte su absolución, por falta de elementos en su contra.
En una audiencia a realizarse el próximo viernes 24 de febrero del corriente, a las 10.00 se discutirá la pena a imponer a Care por su responsabilidad en los hechos investigados.