En la sala de audiencias de la Oficina Judicial de la vecina ciudad, se desarrolla el juicio contra Mauro Leandro Jara (32), por el delito de desobediencia judicial en el contexto de violencia de género.
Según expuso la procuradora fiscal, Marisol Sandoval, el caso ocurrió durante la madrugada del 21 de julio de 2021, cuando Jara ingresó por la ventana a la vivienda de su expareja y sus hijos. La mujer dio aviso al personal policial y el hombre fue detenido.
En los días previos, el juez de Familia Santiago Huaiquil, había dictado la orden judicial de exclusión del hogar del acusado por 60 días, que incluía la prohibición de acceso y acercamiento, comunicaciones telefónicas y electrónicas de Jara al domicilio o cualquier lugar en el que se encuentren su expareja y sus hijos.
En la audiencia de lectura de la sentencia, el juez Ariel Quiroga refirió que, mediante el análisis de la prueba rendida en el debate, se logró acreditar el delito investigado por la Fiscalía.
Por su parte, Jara declaró y admitió que en esa fecha concurrió al domicilio de su pareja e ingresó por la ventana para proveer de pañales a la madre de sus hijos. Pero el magistrado y la representante fiscal, cuestionaron que el defensor público Marcelo Catalano, no aportó ninguna prueba documental que acreditara la coartada de Jara.
El juez coincidió con la Fiscalía sobre la perspectiva de la aplicación de la Convención de Belém do Pará, “tratado en que los Estados acordaron que la violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos, las libertades fundamentales y limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades”.
Por ello, Quiroga declaró al acusado autor penalmente responsable del delito de encubrimiento. Por último, ordenó a la Oficina Judicial que fije una fecha para realizar la audiencia de debate de la imposición de pena.