El tribunal colegiado integrado por Ivana González, Carolina Marín y Fabio Monti dio inicio a la audiencia de cesura de pena en el marco de un juicio por el que fue condenado un sujeto por el delito de abuso sexual simple, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en la modalidad de delito continuado en carácter de autor. La víctima es menor de edad y mantiene un vínculo de parentesco con el acusado.
El ministerio público fiscal está representado por el fiscal general, Arnaldo Maza, en tanto que la defensa del imputado la ejercen los abogados particulares, Martín Castro y Rodrigo Miquelarena. Asimismo, la víctima y su madre se encuentran representadas por la abogada particular Gladys Olavarría en calidad de querellante. También es parte del debate el asesor de menores, Pablo Rey, en representación de la víctima menor de edad y, además, la asesora de menores, Ivana Baskovc, en representación del imputado que, al momento de los hechos, era menor de edad.
El hecho atribuido
El sujeto fue condenado por los sucesos que ocurrieron entre los años 2015 y 2017, cuya fecha exacta no se ha podido precisar y sucedieron en el domicilio donde, por entonces, el imputado residía junto a su madre. De acuerdo a la acusación fiscal, a la fecha de los hechos, la víctima tenía entre 8 y 9 años de edad. En esas circunstancias, el imputado, aprovechando que quedaba a solas con la víctima, abusaba sexualmente de ella, cuando la madre de la víctima la llevaba de visita a ese domicilio y en oportunidad de encontrarse ambas mujeres, tanto la madre de la víctima como la del agresor, fuera de la vivienda. En una cantidad indeterminada de oportunidades, se produjeron los demás abusos con acceso carnal.
Durante la etapa de cesura de pena el tribunal escuchó a los testigos de concepto, aportados por los defensores particulares, Martín Castro y Rodrigo Miquelarena.
Régimen penal de menores
A su turno, la asesora de menores, Ivana Baskovc, en el marco del tratamiento legal que aplica para delitos cometidos por menores de edad, ya que el acusado lo era al momento de los hechos, dio lectura a un informe interdisciplinario que se elaboró sobre el imputado y que es exigido legalmente para la imposición de las pautas de conducta que requiere el régimen penal de menores.
Declaró el condenado
El sujeto hizo uso del derecho a declarar para describir su actual presente y proyectos que espera llevar adelante. En parte explicó sobre el tratamiento terapéutico que viene realizando en el marco de la prisión preventiva con arresto domiciliario que le fue impuesta. También manifestó su deseo de concluir sus estudios y poder desarrollar alguna actividad laboral que le permita reinsertarse al cumplir la pena que le impongan.
Luego de ello, el fiscal general, Arnaldo Maza, expuso sobre la particularidad que impone el tratamiento especial que implica la aplicación de la Ley Nacional N° 22.278 en cuanto a los delitos cometidos por menores de edad.
En tal sentido tuvo en cuenta la naturaleza de la acción y el daño producido, pero de acuerdo a los criterios y limitaciones para aplicar penas a menores de edad. En ese razonamiento explicó que la pena será disminuida por la edad, reduciendo la escala punitiva de 3 a 10 años. Además, como atenuante, expuso la inexistencia de antecedentes condenatorios y el informe de conducta expuesto por la asesora de menores. Aun así, expuso como agravante la modalidad de delito continuado por la que fue condenado. Luego y en virtud esos parámetros, finalmente pidió la imposición de 4 años y medio de prisión de efectivo cumplimiento.
Pedido de la querella
Seguidamente la parte querellante representada por la abogada Gladys Olavarría argumentó sobre el principio de lesividad, la gravedad del hecho, pero, sobre todo, las consecuencias en la salud mental que este tipo de delitos ocasionan a las víctimas. Explicó, en base a ello, el largo tratamiento terapéutico que está afrontando la víctima, el cual deberá continuar por recomendación de los especialistas; adelantando que será por muchos años más con el impacto económico que ello implica y la situación económica que su grupo familiar atraviesa. Por toda esa situación, solicitó que se aplique una pena de 20 años de prisión.
Posición de la defensa técnica
A su turno, los abogados defensores del condenado recordaron al tribunal que están ante un régimen penal juvenil, por lo que no se puede aplicar la misma pena que a un mayor de edad y en ese marco hicieron mención al principio de proporcionalidad que debe primar en este caso, a la jurisprudencia en casos como este, que les da a los magistrados la perspectiva de reinserción de los menores en conflicto la ley penal.
Destacaron la falta de antecedentes, también la adolescencia atravesada por situaciones de bullying que ha sufrido su representado, pero que más allá de eso relató ante las partes la actividad deportiva y laboral que había desarrollado antes de quedar detenido.
Finalmente, y en virtud de lo expuesto, solicitó la absolución de imponer una pena a su representado, pero para el caso que sea sancionado, solicitó que opte por una pena inferior al mínimo, y que se apliquen los 14 meses que ya ha cumplido en prisión preventiva.
Tras escuchar a las partes el tribunal informó que dará a conocer su decisión en el plazo de cinco días hábiles, para lo que se fijará una nueva audiencia.