Luego de haberse desarrollado el pasado jueves 27 de octubre la audiencia de cesura o imposición de pena, el mediodía del presente lunes el tribunal de juicio dio a conocer su veredicto.
En dicha audiencia la fiscal solicitó la pena de 18 años de prisión para el responsable Mauricio Vázquez en virtud de los agravantes y atenuantes del caso, en tanto que la defensa requirió 11 años. Finalmente luego de deliberar el tribunal dispuso hoy lunes por unanimidad la pena de 17 años de prisión para Vázquez y su declaración de reincidente por primera vez.
Cabe mencionar que Vázquez ya fue declarado responsable por “desobediencia en cuatro hechos; también por amenazas coactivas, dos hechos; asimismo por amenazas simples; por amenazas agravadas por el uso de arma; y finalmente por tentativa de homicidio agravado por ser cometido contra una persona que se tuvo relación de pareja, y en contexto de violencia de género; y por la utilización de arma de fuego, en concurso real”.
El tribunal colegiado de debate fue presidido por Raquel Tassello, e integrado por María Laura Martini y Ariel Tedesco, jueces penales; el Ministerio Público Fiscal fue representado por María Laura Blanco, fiscal general; en tanto que la defensa de Vázquez fue ejercida por Lilian Borquez, defensora pública.
El tribunal valoró como circunstancias agravantes las características graves del hecho, la extensión del daño causado. La naturaleza de la acción, la gravedad de los delitos por los que ha sido declarado responsable Vázquez. También la cantidad de los hechos en perjuicio de la víctima y la calidad de los motivos que lo llevan a delinquir.
Asimismo, consideraron como agravante el medio empleado y la utilización de un arma de fuego. La extensión del daño y el peligro causado, a la víctima y a terceros. Los vínculos personales entre víctima y victimario. En este sentido que todos los hechos fueron atravesados por el contexto de violencia de género. Descartando el daño psicológico ya que el mismo no fue acreditado.
Como atenuantes el tribunal consideró la juventud de Vázquez, el bajo grado de instrucción, su historia de vida y su entorno sociocultural, con una pronta vinculación, cuando tenía 18 años, con la Justicia Penal. Asiste razón a la defensa que valorar como agravantes hechos por los cuales se lo declaró penalmente responsable antes a Vázquez es una doble valoración.
En tanto que Vázquez fue privado de su libertad y cumplió pena de 4 años de prisión efectivos, luego se le otorgaron salidas transitorias, estímulo educativo, y luego su libertad condicional. El imputado cometió el presente delito después de haber cumplido prisión, corresponde su declaración de reincidencia.
Manteniendo la prisión preventiva de Vázquez hasta que la presente sentencia quede firme o por seis meses cuando se produzca la audiencia de revisión obligatoria.