En una audiencia de control de detención desarrollada en sala de oficina judicial, tercer piso de los tribunales en Trelew, el funcionario de fiscalía Rubén Kholer presentó la imputación que le cabe a un hombre que habría abusado de su hija menor de edad, que además padece de un serio problema de discapacidad. Del evento participaron el Juez Fabio Monti, el asesor de familia Pablo Rey y como defensoras Flora Mollard y Angeles Nápoli.
De acuerdo a la hipótesis relatada por el doctor Kholer y las evidencias colectadas hasta el momento, se investiga el hecho ocurrido en fecha que no puede ser precisada con exactitud, pero que data desde aproximadamente mediados de 2018 hasta el 2 de julio de 2021, en un domicilio de esta ciudad, cuando el imputado sabiendo lo que hacía y con pleno conocimiento del vínculo de padre que lo une a la menor de diez años, y aprovechando la convivencia preexistente con quien padece parálisis cerebral infantil con hemiplejía espástica, abusó de la relación asimétrica de poder y sometió sexualmente a la víctima en un número indeterminado de veces produciéndole serias lesiones constatadas por las certificaciones médicas efectuadas.
La calificación legal y provisoria es abuso sexual con acceso carnal, doblemente agravado por haber sido cometido por el parentesco y por la situación de convivencia preexistente, artículo 119, tercer y cuarto párrafo, inciso B y F , 45 y 55 del código penal, todo ello en contexto de violencia de género, ley 26485 de protección integral de la mujer.
Esta presentación fiscal se fundamenta en la denuncia realizada en febrero de este año por la madre de la niña, quien refirió que la niña vivió con su padre a raíz de un mandato del juzgado de familia número 1, pero en junio de 2021 la restituyen a su mamá por malos tratos por parte de su padre. En esas circunstancias profesionales del servicio de protección de derechos le refieren que su hija había sido abusada por su papá, situación que fue advertida a partir de los dichos de la propia víctima.
A partir de lo denunciado, se llevaron adelante diversas medidas en donde actuaron especialistas integrantes del servicio de asistencia a la víctima (savd) y del cuerpo médico, a fin de constatar los hechos que habrían sucedido. En ese sentido, se pudo dar cuentas de las serias lesiones padecidas, sumándose a esto los datos que confirman el vínculo paternal y también la discapacidad existente.
Desde el Ministerio Público Fiscal, y según todo lo expuesto, se solicitó la apertura de investigación y la prisión preventiva por el término de seis meses, argumentando sobre los riesgos de fuga y entorpecimiento. Se destacó la gravedad del hecho y la pena en expectativa con un mínimo de ocho años y un máximo de veinte años de prisión, por lo cuál en caso de recaer condena, aún aplicando el mínimo legal, no será de ejecución condicional. También se argumentó sobre la posibilidad de influencia del imputado a la niña, quien aún no brindó declaración en cámara gesell, aunque se encontraría en condiciones de realizarla. También mencionó el funcionario de fiscalía un antecedente que pesa sobre el imputado, con una condena del 18 de marzo de 2005, donde le impusieron una pena de dos años de prisión en suspenso, a raíz del delito de abuso sexual simple, ocurrido en 2001 y en perjuicio de un menor. Existe además una denuncia del año 2019, donde se hace mención a otro caso donde la víctima habría sido una sobrina.
La defensa no se opuso a que se inicie la investigación, aunque expuso que se necesitaban aclarar ciertos aspectos, como el hecho de porque se había dispuesto la tenencia de la menor a favor de su padre. Sugirió la necesidad de realizar la cámara gesell en forma inmediata para que a partir de allí se pueda confirmar la situación de su defendido.
Resolviendo sobre todo lo escuchado durante la audiencia, el Juez Fabio Monti dispuso la apertura de investigación por el plazo legal de seis meses y de acuerdo a la imputación fiscal provisoria y determinó que se fije fecha próxima para la cámara gesell, teniendo en cuenta las decisiones de las profesionales, lo que seguramente se podría llevar adelante apenas concluida la feria judicial. Así las cosas, y en relación a los tiempos previstos, impuso la prisión preventiva del imputado por el término de un mes, tiempo estimado en que podrían realizarse las medidas dispuestas para la continuidad del proceso.