Foto: Juez Fabio Monti
El pasado 28 de marzo del corriente se llevó a cabo en el tercer piso del edificio de tribunales de Trelew se llevó a cabo una audiencia de debate oral y público ante un tribunal unipersonal integrado por el juez Fabio Monti por una causa en la que está imputado Jonathan Inostroza acusado del delito de robo consumado en calidad de coautores, agravado por la participación de un menor de 18 años.
Al inicio de la audiencia, y como cuestión previa, las partes informaron al magistrado que arribaron a un acuerdo para solicitar se imponga la modalidad de juicio abreviado al presente debate.
El hecho
De acuerdo a la acusación expuesta por el fiscal general Arnaldo Maza, el hecho se produjo en abril de 2019 cuando Jonathan Inostroza, junto a un menor de edad, y aprovechando que un inmueble se encontraba sin ocupantes, en primer lugar descendieron del automóvil y efectuaron un reconocimiento a pie por la zona; luego el menor de edad se introdujo al patio del inmueble, dañó el cristal de la ventana de uno de los dormitorios y sustrajo varias prendas de vestir, artículos de electrónica y dinero en efectivo. Luego se metió en el vehículo conducido por Inostroza para darse a la fuga, pero fueron interceptados por el damnificado, que los sorprendió cuando huían. Perseguidos por la víctima y luego por la policía, fueron interceptados por las fuerzas del orden en la rotonda 5 de octubre de la ciudad de Trelew.
Por su parte, la defensora oficial Romina Rowlands se manifestó de acuerdo con lo expuesto por el fiscal general, consintiendo la propuesta de juico abreviado, el monto de pena, la unificación a la pena ya cumplida y más la declaración de reincidencia.
El acusado Inostroza admitió la participación en el hecho y aceptó la pena total escogida.
Finalmente, durante la jornada de hoy 01 de abril del corriente, el juez Fabio Monti condenó a Jonathan Inostroza a la pena de un mes y 15 días de prisión, de cumplimiento efectivo, por ser autor responsable del delito de robo consumado en calidad de coautor, agravado por la participación de un menor de 18 años, unificando condena y pena con la dictada en fecha 16 de diciembre de 2021 (que ya había unificado las penas impuestas en otras dos causas), imponiendo al nombrado una pena total y única de dos meses de prisión, de efectivo cumplimiento; manteniendo la declaración de reincidencia.