La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este miércoles la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una miel patagónica y de un suplemento dietario ya que no contaban con los registros sanitarios necesarios.
A través de las Disposición 1579/2022 publicada en el Boletín Oficial este miércoles el organismo informó que la “Miel Kalfú Rayén, Miel de flor azul de la cordillera, Producida en Aluminé, Patagonia Argentina, Elab. 03/21. Aluminé, Neuquén. Lote 01.21., Consumir antes 03.23, RENSPA 14001000005.00, RNPA 15.002.490, Peso Neto 470 grs».
El texto resalta que «el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNPA inexistente, resultando ser un producto en consecuencia ilegal».
Es por este motivo que la entidad decidió: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto: Miel Kalfú Rayén, Miel de flor azul de la cordillera, Producida en Aluminé, Patagonia Argentina, Aluminé, Neuquén, RENSPA 14001000005.00, RNPA 15.002.490”, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNPA inexistente, resultando ser en consecuencia un producto ilegal«.