“La ley concursal no prevé la posibilidad de apelar ese decisorio. (…) Solicito en consecuencia se declare mal concedido el recurso”, sostuvo la magistrada en el dictamen que firmó a fines de diciembre.
Al reclamar que se confirme el decreto de quiebra, Boquin señaló que durante el proceso de salvataje la concursada “no ha obtenido las mayorías del art. 45 LCQ en las conformidades correspondientes a la categoría C de acreedores quirografarios” ni “la conformidad del Estado Nacional, único acreedor integrante de la categoría A”.
En ese sentido, la fiscal remarcó que son “improcedentes los planteos en torno a la conformidad ‘tácita’ o de exclusión por hostilidad”, es decir, que para dar por probada una conformidad tiene que haber sido claramente expresada y que no es posible separar el Estado del cálculo de conformidades bajo el pretexto de que es una acreedor hostil.
Boquin denunció, una vez más, que el Correo Argentino SA “ha realizado durante el trámite de su concurso actos en fraude a la ley que impiden al juez homologar la propuesta”.
“La concursada se presentó en concurso preventivo el 19/09/2001. Han pasado ya más de 20 años. A lo largo de tan extenso lapso, evidenció una conducta que no se sujetó a la normativa del remedio concursal al que eligió acudir. Ocultó información respecto de su verdadera situación patrimonial y realizó actos prohibidos o sin autorización judicial, todo ello en perjuicio evidente de los acreedores (art. 16 LCQ), con total indiferencia por las normas concursales y eludiendo el control de la jurisdicción2″, sostuvo.
Agregó que “la ejecución de tales actos otorgados en fraude a la ley implicó un progresivo vaciamiento de su patrimonio, en beneficio – en gran medida- de sus controlantes y/o terceros y en evidente perjuicio de los acreedores, pudiendo importar aquellos, maniobras de lavado de activos y de trasvasamiento, las que deberán ser objeto de investigación en primera instancia y ante los juzgados penales que correspondan”, enfatizó en el dictamen al que accedió Télam.
El caso tiene dos escenarios posibles a partir de la decisión de la fiscal. La situación de Correo podría implicar la extensión de la quiebra al holding familiar y a los accionistas de Socma y Sideco para pagar las deudas en su totalidad.
La principal empresa de la familia del exmandatario, Socma, es la accionista central de Correo (en otra época, ese lugar era ocupado por Sideco, controlada a su vez por Socma), según surge de los documentos contables presentados por ambas compañías ante la Inspección General de Justicia (IGJ).
Los hijos del expresidente Macri no son accionistas de Socma (y por lo tanto no tienen participación indirecta en Correo) desde hace más de cuatro años, cuando cedieron sus acciones a su tío Gianfranco Macri, según corroboró este medio con la compañía.
Además, de Gianfranco, quien actualmente es el accionista mayoritario, con el 40% de las acciones de Socma, son accionistas de la empresa Florencia Macri (20%), Mariano Macri (20%) y los hermanos Rodrigo y Franco Valladares Macri (con el 10% cada uno), hijos de Sandra Macri, quien falleció en junio de 2014.
Desde la presentación del dictamen, las camaristas Matilde Ballerini y María Gómez Alonso de Díaz Cordero, integrantes de la Sala B de la Cámara Comercial, deben tomar una decisión en el expediente.
El dictamen de Boquin tiene dos planteos centrales en función de esos dos escenarios posibles. En primer lugar, la fiscal solicitó que las camaristas declaren mal concedido el recurso de apelación de Correo, es decir, que le denieguen a la compañía el derecho a apelar por no cumplir con los requisitos impuestos por la ley para hacerlo. Si las camaristas así lo decidieran, la quiebra debería quedar ya confirmada.
Días después de decretar la quiebra, la jueza comercial Marta Cirulli suspendió su propia decisión y le concedió a la empresa la posibilidad de acudir ante la Cámara Comercial. Boquin destacó en su dictamen que “la ley concursal no prevé la posibilidad de apelar” en los casos en los que la deudora haya estado en proceso de salvataje y no haya logrado las mayorías legales entre los acreedores para cerrar un acuerdo y pagar sus deudas, tal cual fue la situación de Correo.
Esto mismo fue planteado en el expediente por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), una de las acreedoras de la empresa de los Macri, que se quejó por la decisión de la jueza Cirulli de permitir la apelación.
Un segundo escenario es que las juezas acepten la apelación de la empresa y analicen la cuestión de fondo: si confirman o no la quiebra ordenada por la jueza Cirulli en julio último.
En caso de que las juezas de la Sala B consideren bien concedida la apelación, la fiscal también planteó que se confirme la quiebra de la compañía de los Macri ya que, sostuvo, no consiguió las mayorías exigidas por la ley, empezando por la del Estado que, representado por el procurador del Tesoro, Carlos Zannini, rechazó la propuesta.
La fiscal también afirmó que la mayoría de las conformidades de acreedores que Correo sí consiguió son anteriores a 2007 y no pueden validarse porque la ley exige que las conformidades deben ser posteriores a la última oferta de Correo para saldar sus deudas -que data de marzo de 2021. Y además esa mayoría de acreedores a favor de firmar un acuerdo fue conseguida “en fraude a la ley”, aseguró Boquin.