La decisión fue adoptada por la cámara penal en rechazo a la impugnación presentada por la defensa y en el caso actuó la procuradora de fiscalía Silvana Lagarrigue, representando al Ministerio Público Fiscal. Tuvo la particularidad que se aplicó el instituto de juicio rápido, previsto en los artículos 414 y 416 del código procesal y la sentencia fue dictada por el Juez a cargo de la causa, Gustavo Castro.
El hecho acreditado durante el juicio da cuenta que Daniel Blanco Epulef sabiendo lo que hacía y con la intención de apoderarse de elementos que no son de su propiedad, previo trepar un cerco de paredones de más de dos metros de altura, se introdujo en el lugar, ubicado en Avenida de los Trabajadores y calle 13 de Julio de esta ciudad, ingresó a uno de los dúplex y acomodó materiales de construcción en una de las habitaciones cercana a la Avenida para facilitar su traslado.
Personal policial que había sido alertado por el llamado de un vecino, se constituye en el predio, y al percatarse el intruso de la presencia de efectivos, apila diversos materiales en el patio de uno de los dúplex.
Los efectivos observan a Blanco en el interior y uno de ellos escala los paredones para proceder a su aprehensión frustrando de esta manera el hurto de los materiales. La calificación es hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa, conforme a los artículos 163 artículo 4to. y 45 del código penal, en carácter de autor.