Durante una audiencia de control de detención, el Ministerio Público Fiscal a través del abogado de fiscalía Joaquín González, junto al funcionario Patricio Perayre, solicitó la apertura de investigación y pidió medidas respecto a una persona imputada por hechos enmarcados en violencia de género, ocurridos en nuestra ciudad.
De acuerdo al relato fiscal se imputa lo ocurrido el 29 de junio de 2024 cerca de las 23 en circunstancias de encontrarse en el domicilio de su pareja en Trelew, junto a los tres hijos menores de esta última, momento en el cuál comienza una discusión, en virtud que el hombre había estado ingiriendo bebidas alcohólicas, con pretensiones de salir a comprar para seguir tomando. Fue así que en un estado de ira toma la escalera de la cama cucheta y con claras intenciones de provocar un daño en el cuerpo y en la salud de la mujer la golpea en la cabeza, y luego hace lo propio con la hija menor, de nueve años, quien intentaba interceder en defensa de su madre. Luego se apoderó de un teléfono celular perteneciente a la víctima y se retiró corriendo del lugar. Las víctimas fueron trasladadas al hospital zonal donde se verificaron y certificaron las lesiones padecidas La mujer y el agresor mantienen una relación de pareja desde hace poco más de un año y ella se encuentra embarazada de cinco meses.
La calificación legal provisional es por dos hechos de lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso real con hurto y en carácter de autor, conforme los artículos 89, 92 en función del 80 inciso 1 y 11, artículos 162, 45 y 55 del código penal, todo en el marco de la Ley Nacional 26485 para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
La Jueza Mirta Moreno valoró los elementos acercados por la fiscalía y tuvo en cuenta la perspectiva de género que enmarcan hechos como los presentados, teniendo en cuenta además antecedentes del imputado sobre otros hechos de violencia ejercidos con otras mujeres. De tal manera resolvió la apertura de investigación y consideró la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento para determinar la prisión preventiva por el lapso de cuatro meses para el imputado que estuvo defendido en la audiencia por Andrés Espínola.