En horas de este mediodía se llevó a cabo la audiencia de revisión de prisión preventiva, en el caso que de acuerdo con lo expuesto por el Ministerio Publico Fiscal tuvo lugar entre la noche del 5 y la madrugada del 6 de mayo del año pasado, en circunstancias en que Jesús Ralinqueo, dueño del inmueble sito en calle Juan Evans, sabiendo lo que hacía y con la inequívoca intención de causar la muerte- empleando un arma blanca- le asesto diversas puñaladas, la mayoría de ellas en el rostro y el cuello a Marcelo Palavecino, quien le alquilaba una habitación en el domicilio mencionado.
De acuerdo al relato, luego de cometida la cruel agresión cavo una fosa en el patio interno de su vivienda y arrojo el cadáver de Palavecino, colocando sobre este escombro, basura, ropa de la víctima y finalmente una capa de cemento en forma de circunferencia.
A raíz de la ausencia de la víctima, familiares y amigos comenzaron a indagar sobre su paradero, realizando la denuncia por desaparición de personas. Así las cosas, el día 6 de junio de 2023, como consecuencia del trabajo desplegado por la División Búsqueda de Personas y la Brigada de Investigaciones, hallaron el cuerpo de Marcelo Palavecino en la vivienda de Ralinqueo en las circunstancias antes mencionadas.
En el lugar se entrevistó a vecinos y conocidos de la víctima quienes dieron cuenta que la última vez que fue visto con vida Palavecino sucedió en la casa de Ralinqueo el día 5 de mayo de 2023.
Los representantes del Ministerio Publico Fiscal Gustavo Nuñez Fiscal General y la Funcionaria Ruth Ortega, requirieron se mantenga la medida de coerción que fuera dictada en la audiencia de apertura de investigación el pasado 9 de junio de 2023. Ello en virtud de que se encuentra acreditada la materialidad del hecho como la autoría responsable del imputado Ralinqueo, expresando que la imputación inicial se vio robustecida, de manera que se encontraban satisfechos los recaudos exigidos en el artículo 220 del código procesal.
Por otra parte, persiste el peligro procesal de fuga, en virtud de las gravísimas circunstancias investigadas, quitarle la vida a una persona desarmada, utilizando un arma blanca, de una forma feroz, mediante múltiples estocadas de arma blanca en el rostro y el cuello todas zonas vitales. También por la pena que se espera como resultado del procedimiento, en este caso por la calificación escogida por el Ministerio Publico Fiscal por el delito de Homicidio Simple, por lo que podrá ser de 21 años de prisión.
A continuación, la defensa del imputado, representada por la Dra. Gladys Olavarría intento que se morigere la medida de coerción, solicitando el arresto domiciliario, alegando que los argumentos esgrimidos por la fiscalía no eran suficientes para mantener la medida más gravosa que prevé nuestro código.
Finalmente, la jueza penal Ivana González resolvió mantener la prisión preventiva de Jesús Alberto Ralinqueo por entender que el peligro procesal de fuga esta subsistente, atendiendo a las graves características del hecho y la pena en expectativa. Esto en virtud de los fundamentos vertidos por el representante del Ministerio Publico Fiscal sobre el caso, resolviendo que la prisión del imputado Ralinqueo se extienda hasta la celebración de la audiencia preliminar inclusive.