De esta manera se redujo el límite de ingresos establecido de $1.980.000 a $1.077.403. En tanto, el tope máximo familiar pasó de $3.960.000 a $2.154.806.
El nuevo límite de ingresos para percibir las asignaciones familiares comenzará a regir a partir del 1° de marzo próximo.
Asimismo, derogó el artículo 6° de la ley 27.160 que no permitía a un mismo titular recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias.
“La presente medida tiene por objeto implementar una equitativa distribución de los recursos sobre la base del principio cardinal de solidaridad social en atención al uso racional, eficaz y eficiente de los recursos públicos”, expresaron en los considerandos del decreto.
Perciben las asignaciones familiares:
- Trabajadores en Relación de Dependencia, por la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante AFIP.
- Titulares de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no se encuentren bajo relación de dependencia, por su domicilio de residencia.
- Titulares Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, por su domicilio de residencia y agente pagador.