El pasado domingo se concretó en los juzgados penales del barrio Roca la audie4ncia de control de detención y apertura de la investigación por un hecho acontecido el 14 de diciembre que tiene como imputado a H.A.C.
La representante de fiscalía solicitó se declare legal la detención del imputado y se le formalice el hecho en base a la calificación legal provisoria de “abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, en concurso real con desobediencia judicial”.
Por su parte el defensor no se opuso a la legalidad de la detención y solicitó no se disponga la apertura de los casos de abuso sexual; y en el caso de dictarse la prisión preventiva que la misma no exceda un mes.
Presidió la audiencia Martín Cosmaro, juez penal; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Gabriela Gómez, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Gustavo Oyarzún, defensor público.
En un primer momento la funcionaria de fiscalía realizó un breve relato del hecho a investigar, las circunstancias de tiempo, modo y lugar, calificando provisoriamente el mismo como “abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, en concurso real con desobediencia judicial” en calidad de “autor” para H.A.C.
El imputado ingresa detenido por desobediencia judicial, ya que contaba con una Orden de prohibición de acercamiento y contacto vigente, dictada por una Juez de Paz y debidamente notificada. Solicitando se declare legal su detención y en función de la gravedad del hecho la funcionaria de fiscalía solicitó se dicte la prisión preventiva del imputado por seis meses, para asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del procedimiento y la aplicación de la Ley.
También por la existencia de elementos de convicción suficientes para tenerlo a H.A.C. como probable autor del hecho investigado y del peligro de fuga, por la pena en expectativa que en caso de recaer condena será de cumplimiento efectivo. Asimismo, por el comportamiento del imputado en anteriores procesos, donde estuvo rebelde y por el peligro de entorpecimiento existente. Finalmente, la funcionaria requirió el plazo de Ley, seis meses, para concluir con la investigación.
El defensor por su parte coincidió con la legalidad de la detención de su asistido por el delito de desobediencia. Agregando que “existen imprecisiones respecto de los delitos de abuso sexual. Si bien la fiscalía tiene una sospecha, ésta no alcanza el grado de certeza para formalizar”, expresó el defensor.
Su asistido tiene arraigo en esta ciudad y no tiene antecedentes penales computables. Negando la existencia de los peligros de fuga y entorpecimiento de la investigación. El plazo de seis meses de investigación no debe coincidir con el de prisión preventiva, afirmó el defensor, por lo cual solicitó no se disponga la apertura de los casos de abuso sexual; y en el caso de dictarse la prisión preventiva que la misma no exceda un mes.
Para concluir el juez penal resolvió declarar legal la detención del imputado y dio por formalizada la apertura de investigación preparatoria de los hechos relatados por la funcionaria de fiscalía, por el plazo de Ley. En base al peligro de fuga, por la pena en espera de cumplimiento efectivo y por las características graves de los hechos; y por el peligro de entorpecimiento, dictó la prisión preventiva del imputado H.A.C. por un mes.