En una resolución notificada a las partes por la Jueza Carolina Marín, se impuso la pena de tres años de prisión de ejecución condicional para Gastón Muñoz, quien fue encontrado culpable de homicidio culposo, de acuerdo a la decisión adoptada por la magistrada tras el juicio oral correspondiente, donde el Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el fiscal general Fabián Moyano.
Durante el debate quedó acreditada la materialidad y autoría del acusado a partir de la imprudencia y desatención en el manejo. Sin embargo, la doctora Marín rechazó la posibilidad del agravante expuesto por la propia fiscalía a partir de la hipótesis que Muñoz haya tenido 1,11 miligramos de alcohol en sangre, situación que no pudo ser probada por los peritos médicos que depusieron durante el juicio. Esas exposiciones, según la Jueza, marcaron la duda sobre ese parámetro, por lo que resultó imposible establecer el agravante al homicidio culposo.
El hecho es el ocurrido el 17 de noviembre de 2020 cerca de las 23,55. Esa noche Gastón Muñoz conducía una camioneta Ford Ranger 4×4 color bordó en dirección de Gaiman a Trelew y de manera imprudente y desatenta.
Esta circunstancia le impidió advertir el corte de ruta que, a raíz de un accidente automovilístico, personal policial estaba realizando a la altura del kilómetro 36 sobre la ruta nacional número 25, con señalamiento de advertencias mediante balizas de dos móviles policiales y un cono refractario. Fue así que continuó conduciendo a una velocidad superior a la precautoria que la situación demandaba, impactando con el frente del vehículo a la cabo primero Daiana Reales que estaba posicionada en medio de la calzada, cortando el tránsito detrás del cono refractario y al lado de uno de los móviles con sus balizas encendidas. La víctima fue arrastrada debajo de la camioneta hacia la banquina contraria durante unos setenta metros, lo que le provocó politraumatismos graves en el abdomen, con lesiones en órganos viscerales que terminaron con su vida el día 18 de noviembre en el hospital zonal de Trelew, pese a la atención recibida.
Luego de la cesura de pena correspondiente, donde las partes expusieron la pretensión punitiva de acuerdo al delito endilgado, la Jueza dio a conocer la sentencia definitiva explayándose en cincuenta y cuatro páginas mediante la resolución que finalmente condena a Gastón Muñoz, que fue defendido por Fabián Gabalachis, por el delito de homicidio culposo, artículo 84 bis primer párrafo y 45 del código penal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de ocho años más las costas del proceso.
Atento a la condicionalidad de la pena impone a Muñoz pautas de conducta a cumplir durante cuatro años: fijar residencia y someterse al control de la oficina de supervisión, a la que deberá presentarse cada seis meses; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; no cometer nuevos delitos; efectuar un curso de capacitación en accidentología vial con una carga horaria no inferior a las doscientas horas cátedra; realizar veinte horas de trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público en forma mensual durante el plazo impuesto y fuera de sus horarios habituales de trabajo. El incumplimiento de cualquiera de estas normas de conducta provocará la revocación de la condicionalidad de la condena, según artículos 26 y 27 del código penal.