El mismo estableció que para el período fiscal 2023 el monto de la remuneración o del haber bruto exento del gravamen, en los casos del sueldo anual complementario, será hasta $880.000 mensuales.
Además determinó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá proceder a la devolución de las sumas retenidas en exceso en el año fiscal 2023.
A tales fines, tendrán que confeccionar una liquidación adicional de manera de calcular las mencionadas sumas y proceder a su reintegro, en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el pago de las remuneraciones devengadas por junio y julio de 2023.
Asimismo se fijó que el beneficio derivado de lo dispuesto en el decreto deberá exteriorizarse en los recibos de haberes utilizando la leyenda “Exención Impuesto a las Ganancias – Sueldo Anual Complementario 2023”.
El ministro de Economía, Sergio Massa, anticipó la semana pasada esta medida que beneficiará a más de medio millón de trabajadores y trabajadoras de todo el país.
El proyecto de decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias implica que los sueldos anuales complementarios estarán exentos de Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $ 880.000 brutos, lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
Se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el impuesto a las Ganancias, con el objetivo de que recompongan el poder adquisitivo y proyectando que esta mejora del salario de bolsillo se traduce en mayor consumo y actividad económica.