La Corte Suprema de Justicia confirmó este jueves el rechazo a la demanda por daños y perjuicios de un exministro contra los periodistas Jorge Lanata y Nicolás Wiñazki. En primera instancia, la justicia había ordenado el pago de 600.000 pesos al ex titular de Agricultura Norberto Yauhar, pero luego la Cámara Civil anuló esa sentencia. Ahora la Corte ratificó esa postura y cerró el caso.
Con la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la demanda iniciada por Yauhar, a raíz de una investigación periodística en una causa por narcotráfico.
En 2013, los programas radiales Lanata sin filtro y Cada mañana, de radio Mitre, adelantaron la investigación que se difundiría en el programa televisivo Periodismo para Todos, relativa al hallazgo de 110 kilos de cocaína disimulada en cajas de langostinos en un buque pesquero propiedad de la firma Poseidón, en Puerto Madryn. Poseidón estaba integrada por una sola persona que no podía justificar patrimonialmente su adquisición. Esa persona fue condenada a 9 años de prisión por almacenamiento de estupefacientes.
El informe periodístico daba cuenta del interés del entonces ministro Yauhar en la causa penal por narcotráfico que se abrió a raíz del hallazgo. También de los vínculos del exfuncionario con el supuesto propietario del buque y con el contador Eduardo Williams, responsable de la campaña electoral del espacio político local de Yauhar y asesor financiero de la empresa pesquera, con quien había trabajado previamente en la agencia de Rentas de la provincia.
En ese marco, se barajó la teoría de que el exministro sería el verdadero propietario de la embarcación.
Esa sugerencia causó la demanda de Yauhar por daños y perjuicios. En primera instancia se la admitió parcialmente y se ordenó indemnizarlo con 600.000 pesos, solamente por las manifestaciones en las que se decía que “está en el negocio de la droga”, “tiene contacto con los narcos” y “en algún momento va a ir preso, por narco”, pues se entendió que se trataron de afirmaciones categóricas y no de opiniones, y no había elementos para vincularlo con esas actividades.
La decisión fue apelada, y la Sala G de la Cámara Civil no solo la revocó, sino que rechazó la demanda en todas sus partes. Entendió que el informe periodístico contenía una combinación de datos y opiniones; que la búsqueda de la verdad y el indiscutible interés público del tema exigía que fuera sometido a la opinión pública, y que no se demostró el conocimiento de la falsedad de la noticia ni el desinterés por encontrar la verdad.
La Cámara señaló, también, que aun cuando algunos pasajes del informe pudieron resultar ofensivos y molestos para el actor, se trataba de un funcionario público involucrado en un tema de interés público que exige mayor tolerancia.
La Corte ratificó esa tesitura este jueves.