Lucía Pérez, de 16 años, le preguntó a su amiga Belén si conocía a alguien en Mar del Plata que vendiera marihuana. Quizás algo ingenuamente, la amiga le contó que justo el día anterior había charlado en el kiosco donde trabajaba con un joven que, según le había dicho, vendía drogas.
Ese hombre, por entonces de 23 años, era Matías Gabriel Farías. Su trabajo oficial era de pintor en una cooperativa, pero además menudeaba cocaína y marihuana prensada. Había entrado al kiosco de Belén directamente para “piropearla”. Anotó su teléfono celular, la invitó a salir y le ofreció drogas. Ese mismo día, unas horas después, Lucía le escribió desde el teléfono de su amiga para comprarle porro y el dealer le dijo que al otro día se lo llevaba a la puerta de la escuela. Eso hizo.
Menos de 24 horas más tarde, Pérez moriría en la cama de la casa de Farías, en el barrio Alfar. El hombre, junto a dos cómplices, la llevaría desvanecida a una sala de atención primaria cercana. No había nada más que hacer.
El crimen de Lucía Pérez generó estupor hace seis años y unos meses. Por un error de interpretación en la autopsia forense, la fiscal de instrucción del caso, María Isabel Sánchez, había dicho que a la menor los presuntos asesinos la habían “empalado”.
Esa falla fue una de las llaves que encontraron los jueces del Tribunal Oral N°1 de Mar del Plata –Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale– para absolver a finales de noviembre de 2018 a Farías y al cómplice Juan Pablo Offidani (41 años al momento del hecho) del delito de abuso sexual.
Los magistrados se metieron en un lío. Consideraron no sólo que la relación sexual entre un mayor que le dio drogas y una menor que las aceptó había sido consentida. También calificaron de mal desempeño de la fiscal Sánchez, la acusaron de condicionar a la opinión pública al instalar lo del “empalamiento”, estigmatizaron la vida privada de Pérez, usaron los chats que la chica tuvo con sus amigas y con Farías para asegurar que la relación sexual fue de común acuerdo y destacaron que el más joven de los imputados la llevó al hospital después de desvanecerse. Así que sólo los condenaron por la venta de drogas en la puerta de la escuela a la que asistía la víctima.