Empleadores: cómo hacer el trámite para pedir reintegro del 50% por bono de fin de año
Quienes soliciten el reintegro deberán manifestar, bajo declaración jurada, el monto total abonado a la trabajadora o al trabajador en concepto del bono.
Además deberán presentar el recibo de sueldo de diciembre de 2022 con la inclusión del pago del bono y la cuenta bancaria a nombre del empleador o la empleadora, identificando su correspondiente Clave Bancaria Uniforme (CBU).
Requisitos para pedir reintegro del 50% por bono de fin de año
Podrán acceder al reintegro quienes cumplan con las siguientes condiciones:
- No contar en simultáneo con un empleo asalariado y una actividad económica encuadrada en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes en la categoría “c” o superior o en el régimen de trabajo autónomo
- No encontrarse en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)
- Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales no superior a $8.383.920
- No ser propietario o propietaria de más de un bien inmueble, de un automotor con antigüedad menor a un año, o de más de un automotor, o de una embarcación o aeronave.
Cuándo y dónde inscribirse
La inscripción para solicitar el reintegro se realizará entre el 16 y el 23 de enero de 2023.
Se deberá ingresar a la opción “Solicitud de reintegro – Decreto 841/22” en el apartado para casas particulares dentro del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).