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Trelew: comenzó juicio por abuso sexual

El imputado se encuentra con arresto domiciliario.

Trelew: comenzó juicio por abuso sexual
Foto Carolina Marín, Jueza.

Durante la jornada de hoy 14 de octubre de 2022 la jueza Carolina Marín resolvió el mantenimiento de la medida de coerción que pesa sobre Alexis Zapata y Matías Velázquez. A ambos se los investiga por el delito de robo doblemente agravado por las lesiones sufridas a la víctima y el uso de arma de fuego.

Pedido de revisión

Al inicio de la audiencia, la defensora pública, Flora Mollard, reveló el interés de llevar a cabo la presente audiencia con el objeto de solicitar la revisión de la medida de coerción dispuesta oportunamente, al momento de indicarse la apertura de la investigación. La defensora de los sujetos investigados, informó a la magistrada el resultado negativo que dio una medida de reconocimiento de personas en la que la víctima no pudo reconocer a sus defendidos. Con ello sostuvo la inocencia de sus asistidos en el presente hecho. Subsidiariamente requirió sustituir la medida de prisión preventiva por una prohibición domiciliaria en sus respectivas viviendas.

Oposición de la fiscalía

A su turno la funcionaria de la fiscalía Verónica Fabbris se opuso al pedido de morigeración solicitado por la defensa en virtud de la existencia que persiste sobre los peligros procesales en cuanto al entorpecimiento de la investigación, dando cuenta la funcionaria que estando en prisión preventiva se han negado a realizarse una medida de hisopado, lo mismo en cuanto a la vulnerabilidad de la víctima de 92 años que vive sola y su domicilio es conocido por los sujetos.

El hecho

Ocurrió el pasado 3 de septiembre de 2022 cuando las dos personas detenidas e imputadas se habrían presentado en la vivienda de Oscar Montes, de 92 años de edad, quien en ese momento se encentraba regando el jardín de su casa. En ese momento, Velázquez se habría acercado a Montes de manera amistosa y entabló dialogó con él, para luego pedirle un poco de agua para beber, a lo que el dueño de la casa accedió. En esas circunstancias la víctima le habría ofrecido un trabajo, por el que le iba a abonar $2.000, y que consistía en hacer una zanja en su patio, a lo que Velázquez habría accedido, mientras Zapata se encontraba en la vereda del frente. Así fue que cuando uno de los imputados estaba finalizando el trabajo, la víctima ingresó a su casa en busca del dinero y al salir para pagarle Zapata saltó la reja y sorprendió por la espalda al adulto mayor, lo tomó de los brazos, lo arrojó al suelo y violentamente entre los dos lo ingresaron al interior de la vivienda. Una vez dentro de la casa, Zapata le propinó un golpe con la culata de un revólver, continuando con patadas y golpes de puño por todo el cuerpo pese a los pedidos de Montes, incluso cuando les decía que les iba a decir en donde se encontraba el dinero que guardaba. Pasados unos minutos, dejan de golpearlo para que vaya a buscar el dinero, pero mientras se dirigía a tal lugar, lo empujaron. Finalmente les entregó la suma de mil euros y ocho mil pesos en moneda aproximadamente.

Decisión

La magistrada finalmente resolvió mantener la prisión preventiva por el plazo ya indicado, es decir seis meses desde el inicio de la investigación, entendiendo que, si bien la rueda de reconocimiento arrojó resultado negativo, el proceso de investigación recién se inicia y que las medidas investigativas con que cuenta el MPF son sólidas. Hay diligencias de allanamientos con resultados positivos. También resaltó las pericias sobre las cámaras de seguridad en el lugar. Por lo tanto, el argumento planteado por la defensa no es suficiente para conmover los fundamentos que oportunamente fueran impuestos para el dictado de la prisión preventiva. A ello, la magistrada indicó que la morigeración de la medida de coerción solicitada por un arresto domiciliario, tampoco procedía porque no se ha aportado datos sobre el domicilio o lugar donde se podría ubicar a los sujetos, tampoco la persona que ejercería su tutela, ni el sistema de vigilancia o seguridad que se dispondría en tal caso.

La jueza Marín fundó su decisión en razón de la probabilidad de autoría por parte de los sujetos, el peligro de entorpecimiento y de fuga, adelantando que, de ser condenados, la pena sería de cumplimiento efectivo habida cuenta el delito agravado por el que son investigados.

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