Durante la jornada del miércoles 12 de octubre del corriente, se llevó a cabo una audiencia preliminar en la que la jueza Ivana González dispuso la elevación a juicio de una causa donde un sujeto desobedeció una prohibición de acercamiento dispuesta en una causa por violencia de género.
Hechos
De acuerdo con la acusación pública efectuada por el fiscal Lucas Kolstch, en abril de 2020, la víctima realizó una denuncia en contra de su ex pareja en virtud de sufrir hostigamiento y violencia psicológica, lo que dio lugar al dictado de una medida de protección, prohibición de acercamiento, a 100 metros de su ex pareja, y de los lugares que ella frecuente y desarrolle sus actividades como así también de su vivienda en el barrio Los Paraísos de esta ciudad. Tal medida fue dictada por la Jueza de Familia, Silvia Apaza, por un plazo de sesenta días.
De acuerdo a lo expuesto por el Ministerio Público Fiscal, el primero hecho ocurrió en mayo de 2020, momentos en que el imputado desobedeció una orden de prohibición de acercamiento dictada en abril de 2020, medida de la que se encontraba debidamente notificado haciéndose presente en el domicilio de su ex pareja y siendo aprehendido en flagrancia incumpliendo la orden de restricción, por personal policial que había sido requerido vía radial, cuando circulaba a bordo de su camioneta.
El segundo hecho ocurrió en noviembre de 2020, durante unos días y en diferentes horarios, cuando el sujeto acusado desobedeció la orden de prohibición de acercamiento que fuera prorrogada oportunamente, haciéndose presente en el domicilio de su ex pareja, siendo captada su conducta por las cámaras de vigilancia existentes en el inmueble de la denunciante. Durante un par de días en distintos horarios, el imputado estacionó su camioneta, le dejó cartas escritas de puño y letra y otras, tipeadas en computadora, le obstruyó la salida vehicular, provocando en la denunciante altos índices de angustia y temor.
Salida alternativa rechazada
A lo largo del proceso, el defensor público del imputado, Lisandro Benítez, ofreció como salida alternativa la aplicación de la suspensión del juicio a prueba por el plazo de un año y medio, dando cuenta que su asistida no cuenta con antecedentes penales, ofreciendo a la víctima la suma de $10.000 o en su defecto, a beneficio de un bien público, y asimismo, proveer alimento balanceado para la mascota que ambos tenían y que quedó a cargo de la víctima. Por último, hizo saber que su defendido ha realizado un tratamiento psicológico. Además de ello resaltó que, desde la fecha del incumplimiento de la prohibición de acercamiento, no han ocurrido nuevos hechos similares.
En este punto, el fiscal Koltsch se opuso a la salida alternativa propuesta, en virtud que la víctima se manifestó, ante este ofrecimiento indicando, que es su deseo que la causa continúe a juicio, habida cuenta que anteriormente han ocurrido otros sucesos similares al presente y además, manifestó su necesidad de “ser oída en el juicio, que se conozca su sufrimiento todo este tiempo”, por lo cual no prestó conformidad a la propuesta.
Finalmente, la magistrada expresó que “no hay una salida alternativa pacífica al conflicto desde lo que se ha ofrecido y lo que la víctima requiere” y por lo tanto rechazó la propuesta efectuada por la defensa. Además, declaró admisible la acusación pública presentada por el ministerio público fiscal y autorizó la apertura de juicio por el hecho de la acusación fiscal, encuadrado en la figura de desobediencia en carácter de autor por un hecho, y por desobediencia en la modalidad de delito continuado en carácter de autor por tres hechos, y todo ello en concurso real y en el contexto de violencia de género.