Luego de rubricada el acta, desde la Cooperativa se consideró «altamente positivo» el acuerdo, en virtud de que las partes encontraron el modo de resolver un tema pendiente de resolución, preservando a la Cooperativa, permitiendo que la misma siga brindando los servicios correctamente y respondiendo a los intereses de los usuarios, que comenzarán a percibir las devoluciones con la facturación de vencimiento Agosto de 2022.
En el acta acuerdo la Cooperativa manifiesta «la imposibilidad económico financiera de devolver los montos cuestionados en un solo pago», ya que ello «pondría en riesgo la normal prestación de los servicios concesionados, dado el significativo atraso de los cuadros tarifarios», que datan de Junio de 2021. Lo mismo ocurriría si se debiera abonar las multas impuestas por Resoluciones Nº 044/2022 y 045/2022 del OMRESP.
«Todo esto pondría en serio riesgo la prestación de los servicios públicos» puntualiza y hace notar que «la Cooperativa ha solicitado al Departamento Ejecutivo Municipal la urgente aprobación de los cuadros tarifarios correspondientes a los períodos Junio-Agosto 2021, Septiembre-Noviembre 2021 y Diciembre 2021 – Febrero 2022 ya que la no adecuación de los mismos condiciona el cumplimiento de las principales obligaciones de la prestataria».
Por su parte el OMRESP señala que «según lo resuelto en el artículo TERCERO de la resolución 30/2022 resulta necesario garantizar a los usuarios la devolución de los cobros indebidos», que entiende «que la devolución debe hacerse efectiva en el menor plazo posible a los efectos de preservar los intereses de los usuarios».
Vale consignar que las diferencias cuyos reintegros se exigen, surgen de la facturación realizada por la Cooperativa en el periodo comprendido entre los meses febrero/2022 a junio/2022, de acuerdo a los cuadros tarifarios estipulados en el Mecanismo de Equilibrio de Costos correspondiente a los períodos Junio-Agosto 2021 y septiembre-Noviembre 2021.
El acuerdo al que arribaron las partes, establece que las diferencias deberán reintegrarse conforme con el siguiente cronograma:
• En la facturación cuyo vencimiento opere en el mes de agosto 2022, se reintegrará a cada usuario el excedente de lo cobrado en marzo 2022 (facturado en febrero/2022).
• En la facturación cuyo vencimiento opere en el mes septiembre 2022 se reintegrará a cada usuario el excedente de lo cobrado en abril 2022 (facturado en marzo/2022).
• En la facturación cuyo vencimiento opere en el mes de octubre 2022, se reintegrará a cada usuario el excedente de lo cobrado en mayo 2022 (facturado en abril/2022).
• En la facturación cuyo vencimiento opere el mes de noviembre 2022, se reintegrará a cada usuario el excedente de lo cobrado en junio 2022 (facturado en mayo/2022).
• En la facturación cuyo vencimiento opere el mes de diciembre 2022, se reintegrará a cada usuario el excedente de lo cobrado en julio 2022 (facturado en junio/2022).
La Cooperativa manifestó, además, que el cumplimiento del compromiso plasmado en el acta «está sujeto a la correcta tramitación en tiempo y forma de la aprobación de los cuadros tarifarios pendientes a la fecha, haciendo toda reserva de los derechos que le asisten a la misma, respecto a los reclamos por el atraso de las tarifas vigentes».