“La ley 27.330 prohibió puntualmente las carreras de perros en Argentina. Fue sancionada en 2016. Pero aún se organizan y realizan en todo el país”, describió la funcionaria de Fiscalía, Cecilia Pistará, quien días pasados fue una de las disertantes en el primer seminario de Derecho Animal realizado en Puerto Madryn.
La ley prohibió las carreras y la organización en todo el país, pero todavía hay casos de carreras clandestinas. La funcionaria dio detalles de la norma, que rige a nivel nacional. “La ley prohíbe no solo la carrera, sino también la organización y promoción; es decir, se anticipa y penaliza los preparativos de una carrera, aunque no se ha llevado a cabo”, explicó Pistará y dio detalles sobre el objetivo de la normativa.
Por último, sostuvo que “el legislador ha puesto el acento en la protección del animal en el convencimiento de que los animales poseen capacidad de sufrimiento. Y la ley prohíbe no solo la raza de galgos, sino de “perros”, es decir, sin importar su raza. Un punto importante es que no es necesario el fin de lucro, es decir, que la carrera puede llegar a ser gratuita o incluso benéfica”.
Qué dice la ley
«Queda prohibido en todo el territorio nacional la realización de carreras de perros, cualquiera sea su raza», establece la norma en su artículo 1. En tanto, en su artículo 2 dispone que “el que por cualquier título organizare, promoviere, facilitare o realizare una carrera de perros, cualquiera sea su raza, será reprimido con prisión de tres meses a cuatro años y multa de cuatro mil pesos a ochenta mil pesos”.
«Es una ley complementaria del código penal por lo tanto de orden público», detalló la funcionaria