En una resolución remitida a las partes, el Juez Fabio Monti resolvió el sobreseimiento del doctor Enrique Maglione, ex presidente del Consejo de la Magistratura, quien había sido acusado por abuso de autoridad en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, a raíz de un hecho sucedido en noviembre de 2020. La decisión se adopta luego de la audiencia preliminar realizada el 20 de abril pasado, evitando de esta manera que la causa llegue a juicio oral.
La acusación presentada por el fiscal general jefe Omar Rodríguez sostenía que Maglione al firmar con fecha 5 de noviembre de 2020 la resolución administrativa 50/20 por medio de la cuál designó como secretario ad-hoc del Consejo de la Magistratura al abogado Walter Cifuentes Dalotto, no tenía atribuciones para ello, violando de tal modo la ley V nro. 70.
Para el magistrado, en este proceso se trató de una decisión colegiada, adoptada por el pleno del Consejo de la Magistratura en un pie de igualdad entre todos los consejeros. En consecuencia, tal como fue descripto el hecho en la acusación, que omite toda referencia a lo sucedido en la reunión del organismo en fecha 6 de noviembre de 2020 y que centra la conducta reprochada a Maglione sólo en la firma de la resolución, cabe concluir que aquella no reúne los requisitos típicos de la figura escogida.
Señala que es importante resaltar, por más que la figura del artículo 265 del código penal no exige un detrimento patrimonial para el Estado, que tal como explicaron los defensores y el propio Maglione, el doctor Cifuentes Dalotto presentó su renuncia a la designación a fines del mes de noviembre de 2020, renunciando al cobro de cualquier tipo de honorario, viático y/o emolumento que legítimamente le conrrespondían por su trabajo realizado en las sesiones de fecha 6 y 18 de noviembre de ese año, circunstancia ésta que no fue controvertida por el Ministerio Público Fiscal.
Refiere a un texto de Alberto Binder en su libro “Introducción al derecho procesal penal” para indicar que por más que la persona sea absuelta y se compruebe su absoluta inocencia, el solo sometimiento a juicio siempre habrá significado una cuota considerable de sufrimiento, gastos y aún descrédito público. Por tal razón, un proceso correctamente estructurado tiene que garantizar, también, que la decisión de someter a juicio al imputado no sea apresurada, superficial o arbitraria.
En definitiva, el Juez Fabio Monti decidió dictar el sobreseimiento de Enrique Aníbal Maglione, en orden al delito de abuso de autoridad en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública en calidad de autor, artículos 248, 265, 45 y 54 del código penal, todo ello por aplicación de la causal prevista en el artículo 285 inciso 3ro. del código procesal penal (atipicidad de la conducta descripta en la acusación).