La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de girasol, según se publicó este lunes en el Boletín Oficial de la Nación.
Mediante la Disposición 1030/2022, publicado en el Boletín Oficial, se prohibió el «Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor«.
Se llegó a esta situación «a raíz de que el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB) informó las acciones realizadas, en el marco de un procedimiento de auditoria, en relación a la comercialización del producto Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, Contenido Neto 900 ml, Vence: 29/03/2023 RNPA 2906-9970/2016 Elaborado por RNE 01-001604″.
En la investigación que el RNE estaba vigente y que correspondía a la razón social Servimax Industrial y Comercial S.A, del rubro elaboración de vinagres, y respecto del RNPA indicó que el registro era inexistente.
En consecuencia, la ANMAT dispuso: «Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, RNPA 2906-9970/2016 Elaborado por RNE 01-001604 y del Aceite de girasol, marca Sampietro Nuestro Sabor, elaborado por RNPA 2906-9970/2016, RNE 02-034934, por carecer de registros sanitarios, consignar un RNPA inexistente y RNE pertenecientes a otras empresas, resultando ser productos falsamente rotulados y en consecuencia ilegales».