En una audiencia que en principio fue convocada como preliminar, las partes acordaron la posibilidad de aplicación de una reparación, prevista en el artículo 48 del código procesal penal, para un imputado acusado por el delito de hurto, violación de domicilio y resistencia a la autoridad. Participaron la Jueza Mirta Moreno a través de sistema de videoconferencia, mientras que en la sala del tercer piso de tribunales estuvieron el fiscal general Enrique Kaltenmeier y la defensora Angeles Nápoli junto al imputado.
El hecho ocurrió el 30 de noviembre de 2020 cerca de las 10,20 cuando el encartado sabiendo lo que hacía y con claras intenciones de apoderarse de bienes ajenos, sin ejercer fuerza sobre las cosas ni violencia contra las personas, le sustrajo a una mujer su billetera que contenía la suma de dos mil pesos, además de tarjeta y carnet, encontrándose la víctima en el interior de un vehículo al momento de ser abordada, en intersección de calles Centenario y Edison de Trelew.
Luego de esta acción, se dio a la fuga a bordo de un motovehículo, pero fue perseguido por personal policial alertado por la damnificada. En el afán de eludir el procedimiento de la policía, se introdujo en un domicilio de la calle Gastre sin autorización de sus moradores y finalmente fue aprehendido cerca de este último domicilio, no habiéndose hallado los elementos sustraídos.
La calificación legal es la de hurto, violación de domicilio y resistencia a la autoridad, ofreciendo la defensa en cuestión previa la reparación, con la entrega de cuatro mil pesos a la víctima del hurto y la realización de cincuenta horas de trabajo comunitario en el término de dos meses, por el otro delito endilgado.
El Ministerio Público Fiscal señaló que las dos víctimas habían sido consultadas y ambas aceptaron la aplicación del instituto de reparación, aclarándose que el imputado ya había sido sometido a la suspensión de un juicio a prueba, cuestión que estaba cumplimentada y también alguna conciliación. Aún así, estaban dadas las condiciones previstas en el artículo 32 del código procesal penal, por lo que desde la fiscalía se acordaba sobre lo ofrecido.
Con el acuerdo de las partes, la Jueza Mirta Moreno resolvió dar curso a la reparación como salida alternativa, debiendo el imputado efectivizar el pago de cuatro mil pesos en el término de un mes y la realización de las cincuenta horas de trabajo comunitario en alguna institución, cuestiones que acordarían con la oficina de ejecución penal para su materialización.