Los jueces penales Mirta del Valle Moreno y Gustavo Castro resolvieron la continuidad de la prisión preventiva para un hombre acusado por un hecho de robo agravado por el uso de arma de fuego, del cual las víctimas aseguran que aún no han podido superar el traumático episodio.
El imputado, identificado como Segundo Gajardo, es una de las tres personas que cometieron el robo -las otras dos aún no han sido identificadas ni detenidas- y permanecerá en prisión preventiva hasta la realización del juicio.
La acusación
Durante la audiencia realizada en el tercer piso del edificio de tribunales, en Trelew, la fiscal general Carolina Marín informó que el hecho imputado a Gajardo ocurrió el 4 de agosto de 2020 cuando el acusado, junto a otras dos personas, ingresó en una vivienda del barrio Tiro Federal mientras sus propietarios dormían.
Según el relato fiscal irrumpieron en la vivienda de manera violenta, a los gritos y golpearon con la culata de un arma a una de las personas que se encontraban en la casa, para luego robar una suma de dinero estimada en $ 5 mil pesos y un teléfono celular.
Dos de los autores del atraco se escaparon, pero Gajardo fue detenido tras forcejear con una de las víctimas, quienes lo redujeron no sin que antes el acusado intentara dispararles con un arma de fuego cuyo proyectil no salió.
La imputación al acusado es por el delito de robo doblemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, en poblado y en banda, todo en carácter de coautor.
Pedido de disculpas
El defensor particular de Gajardo, el Dr. Danilo Sepúlveda, pidió a los jueces modificar la situación procesal del imputado y sustituir la prisión preventiva por un arresto domiciliario en la casa de un familiar, con rondines policiales.
Tras la intervención de las partes, el único acusado pidió disculpas a las personas que padecieron el asalto, pero una de la víctima presente en la audiencia dejó en claro que el daño que sufrieron aún no pueden superarlo.
El tribunal integrado por la jueza Mirta del Valle Moreno y el juez Gustavo Castro resolvió por unanimidad mantener la medida de prisión preventiva por entender que se encuentran vigentes los riesgos procesales -tanto el peligro de fuga como la posibilidad de que entorpezca la investigación- como así también la expectativa de pena, todos aspectos que en su momento tuvo en cuenta el juez Sergio Piñeda para dictar la prisión preventiva al momento de la detención.
Otra causa, mismo imputado
Con posterioridad a esta resolución, el mismo imputado solicitó a través de una defensora pública una probation en el marco de una causa por lesiones que se sigue en su contra. El juez penal César Zaratiegui escuchó a las partes y resolverá dentro del plazo legal si hace lugar al planteo o la causa se eleva a juicio oral y público.
Así, durante la mañana del jueves 21 de octubre la defensora pública, Zulma Manllahuix solicitó la suspensión del juicio a prueba respecto del hecho por el cual se imputa a Gajardo y que tiene relación con las lesiones sufridas por dos personas fuera de un boliche. La abogada sostuvo su pedido en la falta de antecedentes condenatorios de su representado. También resaltó que la conducta de Gajardo fue por legítima defensa. En esa línea, propuso que la suspensión del juicio a prueba sea por el término de un año y la donación al hospital de la suma de $5000.
Según informó el fiscal general Arnaldo Maza, a Gajardo se lo acusa de haber herido a dos personas en un episodio ocurrido en mayo del año 2019 fuera de un local nocturno denominado “Like”, cuando tras una discusión el acusado le habría asestado un puntazo en el abdomen a una persona identificada como Mauricio Vivar y luego habría lesionado de igual manera a un amigo del primero, Cristian Ayala, quien debió ser asistido e intervenido quirúrgicamente, presentando una lesión calificada de grave a través del peritaje forense.
El fiscal rechazó el pedido de la defensa para aplicar la figura de la suspensión del juicio a prueba debido a la gravedad de los hechos imputados a Gajardo.
El juez César Zaratiegui tras escuchar a las partes, consultó a las dos personas lesionadas, pero ambos se opusieron a esa salida, aun cuando el magistrado les explicó que más allá de la obligación de efectuar la consulta, la opinión de los mismos no es vinculante en la decisión que tome el magistrado.