El episodio ocurrió la noche del 3 de febrero de 2019 en una vivienda del barrio San Miguel, en Puerto Madryn, donde se realizó una fiesta y consumieron bebidas. La víctima, menor de edad, se encontraba alcoholizada cuando un joven, que habían conocido esa noche, abusó sexualmente de ella.
La adolescente hizo la denuncia. Los protocolos de abuso sexual infantil (ASI), así como las pericias psicológicas, dieron indicadores de abuso sexual. Además, la pericia informática del celular secuestrado al imputado corroboró que le envió mensajes diciéndole que le iba a comprar la pastilla “del día después”.
Las fiscales de la Agencia de Género del Ministerio Público Fiscal llevaron el caso fue a juicio bajo la calificación de “abuso sexual con acceso carnal”. Y el Tribunal integrado por las juezas Patricia Asaro, Yamila Flores y Patricia Reyes (foto) dispuso una condena de 8 años de prisión de efectivo cumplimiento.
El abuso sexual está previsto en el artículo 119 del Código Penal con una pena de seis a quince años de prisión cuando se comete aprovechándose que la víctima, por cualquier causa, no haya podido consentir libremente la acción y hubiera acceso carnal.