Nicolás Jara, de 24 años, deberá cumplir tres años de prisión de efectivo cumplimiento por violar una prohibición de acercamiento.
El mes pasado había sido condenado a tres años en suspenso por un caso de violencia de género. Y entre las pautas de conducta, tenía prohibido acercarse a la víctima. Pero a escasos días de haberse dictado la condena, volvió a la casa de su expareja.
La fiscal Anya Pucheta inició una causa penal por desobediencia y pidió que se revoque la prisión condicional. “El Sr. Jara voluntariamente se ha abstraído del cumplimiento de la pauta más importante, sin justificación alguna. Más aún, se acercó hasta el domicilio de la víctima, lo que derivó en que hoy permanezca en prisión preventiva. Es evidente que la advertencia no hizo efecto en él”.
“Es decir que a pesar de la advertencia recibida continuó con su actitud hacia quien resultó víctima del hecho por el cual fue condenado. Lo que genera un temor fundado en la víctima, ya que la condena no lo detuvo en su accionar”, según informó la Fiscalía portuaria sobre el expediente.
La jueza Marcela Pérez Bogado hizo lugar al pedido y la resolución judicial fue contundente: “le corresponde sufrir los efectos de la revocación de la ejecución en suspenso: cumplir la pena en establecimiento carcelario cerrado, ya que deberá cumplir la totalidad de la pena, a partir del día de la fecha”.